+ Oscar Roberto Domínguez Couttolenc. M.G.
Por la Gracia de Dios y de la Santa Sede
Obispo de Ecatepec
Comunicado 002/2013
NUEVA INSTRUCCIÓN
EN TORNO A LA CELEBRACIÓN DE
MISAS FUERA DE LOS TEMPLOS
A todos mis hermanos Sacerdotes, Religiosos, Religiosas, Seminaristas y a todo el Pueblo de Dios que peregrina en esta Diócesis de Ecatepec, les saludo deseándoles que Jesús, Señor de la historia esté siempre con nosotros, en estas queridas tierras.
I. Considerandos:
1. Ante el planteamiento que desde mi llegada me hicieron distintas Comunidades de nuestra Iglesia, en torno a la necesidad que existe de Celebrar la Eucaristía fuera de los templos, principalmente en las calles, plazas, industrias, etc., conociendo que constantemente siguen realizándose, y en ocasiones con ministros falsos o fuera de la comunión de la Iglesia, por la dificultad para sostener la prohibición dispuesta por mi predecesor en el Episcopado.
2. Después de haber consultado al Colegio de Consultores, a diversos presbíteros, hermanas religiosas y organizaciones laicales.
3. Habiendo constatado que la prohibición que determinó mi predecesor, fue oportuna en su tiempo, pero que ahora se dan nuevas circunstancias.
4. Mediante esta NUEVA INSTRUCCIÓN, haciendo uso de la facultad que la Iglesia me concede (C.I.C. 381; 932.1. RS 108), determino lo siguiente:
A PARTIR DE ESTA FECHA,
PODRÁ CELEBRARSE LA EUCARISTÍA FUERA DE LOS TEMPLOS PARROQUIALES Y CAPILLAS, EN OTROS LUGARES PREVIAMENTE APROBADOS, CONFORME A LAS NORMAS DEL DERECHO CANONICO Y LAS ANEXAS A ESTE DOCUMENTO. SE LLEVARÁN A CABO EN ACUERDO CON EL PARROCO CORREPONDIENTE, QUIEN SERÁ EL RESPONSABLE DE OFRECER ESTA CONCESIÓN EN LA DIOCESIS DE ECATEPEC.
5. Es por eso, que viendo la urgente necesidad de ofrecer una mejor atención pastoral a quienes libremente soliciten la Celebración del Sacramento de la Eucaristía fuera de una Iglesia (templo), y asumiendo de manera colegial esta responsabilidad con el presbiterio, concedo esta gracia para toda la Diócesis de Ecatepec.
6. Esta disposición es para que los fieles tengan la posibilidad de acceder al Sacramento de la Eucaristía en circunstancias especiales fuera de los templos y para evitar la confusión o posibles atentados al Sacramento de la Eucaristía, que se puede dar con la simulación del Sacramento por ministros falsos, o impedir las confusiones que pueden darse con fieles católicos respecto a ministros que no son católicos.
II. Las disposiciones de la Iglesia Universal son las siguientes:
7. El Código de Derecho Canónico dice: “La celebración eucarística se ha de hacer en lugar sagrado, a no ser que, en un caso particular, la necesidad exija otra cosa; en este caso, la celebración debe realizarse en un lugar digno. C.I.C. 932.1)
8. La Instrucción Redemptionis Sacramentum, dice al respecto: “«La celebración eucarística se ha de hacer en lugar sagrado, a no ser que, en un caso particular, la necesidad exija otra cosa; en este caso, la celebración debe realizarse en un lugar digno». De la necesidad del caso juzgará, habitualmente, el Obispo diocesano para su diócesis”. (No. 108)
Con fundamento en lo anterior, es condición para otorgar esta gracia, que se cumplan las disposiciones anexas a este documento.
III. ASPECTO JURIDICO.
9. El párroco es el responsable inmediato de hacer cumplir las normas de la Iglesia respecto a la Celebración Eucarística en su Parroquia. (C.I.C. 528. 2)
10. La celebración Eucarística deberá ser presidida por el Párroco o quienes se equiparan con él o por un sacerdote católico que no tenga impedimento alguno por la ley canónica. Los sacerdotes que no son de la Diócesis de Ecatepec, deberán presentar sus licencias ministeriales vigentes. (C.I.C. 903)
11. Recuérdese a todos los fieles, que entre los “graviora delicta”, está el atentar la realización de la liturgia del Sacrificio Eucarístico o su simulación. (C.I.C. 1378. 2. 1 y 1379. RS 172. b)
12. Por escasez de sacerdotes, respecto a la gran población de las parroquias de la Diócesis de Ecatepec, concedo por causa justa la celebración eucarística guardando lo prescripto por el C.I.C. 905. 2.
13. Siguen vigentes las normas del Sínodo Diocesano, excepto en lo referente a la presente instrucción.
IV. ASPECTO PASTORAL.
14. Se debe salvaguardar que los fieles tributen la máxima veneración a la Santísima Eucaristía. (c. 898)
15. El Párroco y los agentes de pastoral parroquiales, deberán desarrollar las acciones necesarias, para fomentar el culto a la Eucaristía; que haga creer, celebrar y vivir, este sacramento como lugar privilegiado de encuentro con Jesucristo. (DA 251)
V. ASPECTO LITURGICO.
16. La celebración de la Eucaristía fuera del lugar sagrado, debe realizarse sobre una mesa apropiada, usando siempre el mantel y el corporal, la cruz y los candeleros. (C.I.C. 932.2, IGMR 297)
17. Se deben cumplir diligentemente las normas litúrgicas sobre los vasos, ornamentos y libros litúrgicos correspondientes a la Celebración Eucarística. (“Sínodo Diocesano de Ecatepec”. No. 108)
VI. ASPECTO ADMINISTRATIVO-ECONÓMICO.
18. El párroco, deberá cuidar que lo que se pide como cooperación económica por las celebraciones objeto de esta Instrucción, deberá ser de acuerdo a los estipendios vigentes en la Diócesis y nunca dé la impresión de lucro o comercialización. (C.I.C. 947)
19. Se otorgará a los fieles que ofrecen una ofrenda por la Celebración Eucarística, un recibo donde se anote el estipendio. Si se ofreciera una aportación extraordinaria entrará a Caritas Parroquial. (C.I.C. 951. 1)
Invito a mis hermanos Sacerdotes para que faciliten a los fieles a quienes servimos, los trámites privilegiando ante todo la Evangelización que es camino de encuentro y crecimiento en Jesucristo y les recuerdo que “El Señor nos llama a promover por todos los medios la caridad y la santidad de los fieles, recordando las palabras de nuestros Obispos: “Nos empeñamos para que el pueblo de Dios crezca en la gracia mediante los sacramentos presididos por nosotros mismos y por los demás ministros ordenados. Estamos llamados a ser maestros de la fe y, por tanto, a anunciar la Buena Nueva, que es fuente de esperanza para todos, a velar y promover con solicitud y coraje la fe católica”. (AP 187)
En Cristo Misionero, les aseguro mi oración, amistad y bendición.
Dado en la Sede Episcopal de Ecatepec,
a los 17 días del mes de enero del año del Señor 2013.
+ Oscar Roberto Domínguez Couttolenc. M.G.
Obispo de Ecatepec.
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