sábado, 13 de julio de 2013

CAPSULA DE LITURGIA

 
¿QUE PASA SI COMULGO EN PECADO MORTAL?
Comulgar en pecado mortal es un SACRILEGIO,  así lo marca el Derecho Canónico:
C915: "No deben ser admitidos a la sagrada comunión los excomulgados y los que están en entredicho después de la imposición o declaración de la pena, y los que obstinadamente persisten en un manifiesto pecado grave".
C916 “Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave, no celebre la Misa ni comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramental, a no ser que concurra un motivo grave y no haya oportunidad de confesarse; y, en este caso, tenga presente que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes”.
C919: P1 Quien vaya a recibir la santísima Eucaristía ha de abstenerse de tomar cualquier alimento y bebida al menos desde una hora antes de la sagrada comunión, a excepción sólo del agua y de las medicinas.
"Recibir indignamente el Cuerpo y la Sangre de Cristo es un sacrilegio. Si lo hace deliberadamente en pecado mortal es un sacrilegio".  "Si tenemos un pecado mortal en la conciencia, debemos primero confesarnos de ese pecado y recibir la absolución, y sólo después acercarnos al Sacramento Eucarístico"  -Arzobispo Raymond L. Burke, Prefecto del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica de la Santa Sede, agosto, 2008.
La misericordia infinita de Dios no contradice la necesidad de conversión. Si comprendemos que el pecado mortal nos aparta de Dios podremos entender que también nos aparta de la Eucaristía. Pero una vez arrepentidos y confesados se nos abren las puertas a la Eucaristía. Quede claro: No es el haber pecado lo que obstaculiza la comunión, sino el obstinarse en el mismo aun cuando los pastores de la Iglesia han advertido su gravedad.
 
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Mons. Luis Martínez Flores
Párroco


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